Centros médicos para lesionados de tráfico cerca de ti
Busca entre los 1.315 centros sanitarios privados adheridos al convenio de las aseguradoras: hospitales, clínicas y centros de rehabilitación y fisioterapia. Si tu accidente está cubierto, la aseguradora paga directamente al centro.
¿Te ayudamos a elegir centro y pedir cita?
Haz la valoración en un minuto o escríbenos, y te decimos qué centro te conviene según tus lesiones y qué aseguradora debe pagar. Te orientamos gratis.
Listado oficial de UNESPA (Unión Española de Entidades Aseguradoras y Reaseguradoras), versión del 22 de septiembre de 2026. Las distancias son aproximadas, calculadas entre localidades. Llama al centro antes de ir para confirmar que sigue adherido al convenio y pedir cita. Reclamación Tráfico no tiene relación con estos centros.
Cómo funciona el convenio
Las aseguradoras y el Consorcio de Compensación de Seguros han firmado con las clínicas privadas un convenio para atender a los lesionados de tráfico hasta que se curan o se estabilizan sus secuelas. El actual se aplica a los accidentes ocurridos entre el 1 de marzo de 2024 y el 31 de diciembre de 2026.
Eliges tú el centro
El convenio reconoce tu derecho a elegir centro sanitario entre los adheridos. No tienes que ir al que te proponga la aseguradora.
Paga la aseguradora
El centro comunica tu asistencia a la aseguradora y le factura directamente el tratamiento. Si el caso está cubierto, tú no adelantas nada.
Qué aseguradora paga
Si ibas en un vehículo, la de ese vehículo. Si te atropellaron cuando ibas a pie, en bici o en patinete, la del vehículo que te golpeó. Para el tratamiento da igual quién tuvo la culpa.
Ve al médico en las primeras 72 horas
Si pasan más de 72 horas entre el accidente y la primera asistencia sin un motivo que lo justifique, la aseguradora puede negarse a pagar.
Qué llevar a la primera cita
Al pedir cita, di que eres lesionado de un accidente de tráfico. Ese día lleva:
- Tu DNI o NIE (número de identidad de extranjero).
- El parte amistoso o el atestado. Si no tienes ninguno, al menos la matrícula y la aseguradora del otro vehículo.
- Los datos del seguro del vehículo en el que ibas.
- El informe de urgencias y los demás informes médicos que tengas.
Casos que el convenio no cubre
- Si conducías y en el accidente no intervino ningún otro vehículo, el convenio no cubre tu asistencia. Puede cubrirla alguna garantía voluntaria de tu póliza: consúltanos antes de empezar el tratamiento.
- Si el vehículo responsable no tenía seguro o era robado, responde el Consorcio de Compensación de Seguros, salvo para el conductor, el propietario y quien subió sabiendo que no tenía seguro o que era robado.
- También puedes tratarte en la sanidad pública. En ese caso la aseguradora paga a tu servicio de salud por medio de otro convenio.
Tratarte no es lo mismo que cobrar tu indemnización
Que la aseguradora pague el tratamiento no significa que te haya indemnizado. Los días de lesión, las secuelas y tus gastos se reclaman aparte. Calcula cuánto te corresponde según el baremo.
Preguntas frecuentes
¿Tengo que pagar algo en el centro?
Si tu accidente está cubierto por el convenio, no: el centro cobra directamente a la aseguradora. Si la aseguradora rechaza el pago, por ejemplo porque conducías y no intervino ningún otro vehículo, el centro podría pedirte que pagues tú, así que conviene preguntarlo antes de empezar.
¿La aseguradora me puede obligar a ir a su centro?
No. Te lo puede proponer, pero el convenio reconoce tu derecho a elegir centro sanitario entre los adheridos.
¿Recibir tratamiento reduce mi indemnización?
No. El tratamiento lo paga la aseguradora aparte. Seguir el tratamiento y tener informes médicos es precisamente lo que permite acreditar los días de lesión y las secuelas que luego se reclaman.